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Número | Tema | Resolución | |
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8039 | Baja pasantia abogacía Juan Lucas Martínez | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 26 de junio de 2024 VISTO: La nota presentada por el pasante becario de Abogacía Juan Lucas Martínez. Y CONSIDERANDO: El mismo renuncia a la pasantía que desarrolla en este Poder Judicial en el Juzgado de Familia de Primera Nominación. Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1º) Dar por finalizada a partir del 30 de junio de 2024 la pasantía becaria de Abogacía del Sr. Juan Lucas MARTÍNEZ, D.N.I. Nº 36.839.921, dándosele las gracias por los servicios prestados. 2º) Protocolícese, . . . | ![]() ![]() ![]() |
5024 | Feria Judicial de invierno 2016 | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 22 DE MARZO DE 2016. VISTO: El Calendario Escolar previsto para el año 2016 y consultado en la página Web del Ministerio de Educación de la Nación y de la Provincia, Y CONSIDERANDO: Que éste Tribunal, tiene por criterio hacer coincidir la Feria Judicial de invierno con el receso educacional, Por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA R E S U E L V E 1º) Determinar que la fecha estipulada para la Feria Judicial de invierno del corriente . . . | ![]() ![]() ![]() |
3416 | vencimiento de los contratos de locacion de servicios celebrados con Funcionarios y Empleados de las distintas dependencias judiciales | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 22 de Marzo de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: El vencimiento de los contratos de locacion de servicios celebrados con Funcionarios y Empleados de las distintas dependencias judiciales y las vacantes existentes en los distintos cargos y atento a lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº797, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE 1*) Conforme a la Planilla que se adjunta a la Presente Prorrogar los contratos de locación de servicio hasta el 31 de diciembre del corriente año.- 2*) Protocolícese, . . . | ![]() ![]() ![]() |
3415 | vencimiento de los contratos de locacion de servicios celebrados con Funcionarios y Empleados de las distintas dependencias judiciales | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 22 de Marzo de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: El vencimiento de los contratos de locacion de servicios celebrados con Funcionarios y Empleados de las distintas dependencias judiciales y las vacantes existentes en los distintos cargos y atento a lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº797, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE 1*) Conforme a la Planilla que se adjunta a la Presente Confirmar en Planta Permanente a los Funcionarios y Empleados que cumplen con los requisitos requeridos a esos fines.- . . . | ![]() ![]() ![]() |
8057 | Art. 200 Comunicado al gobernador sobre el Dr. Jorge Rafael Bracamonte | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 22 de julio de 2024 VISTO: La nota remitida por el Sr. Gobernador de la Provincia de Catamarca Lic. Raúl A. Jalil, mediante la cual solicita el informe previsto en el Art. 200 de la Constitución de la Provincia, respecto del Dr. Jorge Rafael Bracamonte, DNI nº 18.357.601, a los fines de la cobertura del cargo de Ministro de la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca, Y CONSIDERANDO: Que el Dr. Jorge Rafael Bracamonte, reúne los requisitos exigidos por la Constitución de la Provincia y normas legales vigentes para la . . . | ![]() ![]() ![]() |
8056 | Art. 200 Comunicado al gobernador sobre la Dra. María Lucía Cano | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 22 de julio de 2024 VISTO: La nota remitida por el Sr. Gobernador de la Provincia de Catamarca Lic. Raúl A. Jalil, mediante la cual solicita el informe previsto en el Art. 200 de la Constitución de la Provincia, respecto de la Dra. María Lucía Cano, DNI nº 34.029.510, a los fines de la cobertura del cargo de Jueza Civil de Quinta Nominación de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca, Y CONSIDERANDO: Que la Dra. María Lucía Cano, reúne los requisitos exigidos por la Constitución de la Provincia . . . | ![]() ![]() ![]() |
5061 | Las refacciones que deben realizarse en el edificio sito en calle Republica Nº 446 | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 19 de Abril de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Las refacciones que deben realizarse los días 21, 22 28 y 29 de Abril del corriente año, en el edificio sito en calle Republica Nº 446, donde funcionan las dependencias de Juzgado de Ejecución Fiscal, Registro de Juicios Universales, Registro de Deudores Alimentarios, Atención al Ciudadano y Mediación, los que impiden realizar las tareas normales en dichas dependencias judiciales, por lo que hace necesario suspender los términos procesales a los fines de no entorpecer el quehacer jurisdiccional. . . . | ![]() ![]() ![]() |
8128 | Confirmaciones en Policia Judicial Sumariante y Chofer septiembre 24 | San Fdo. Del Valle De Catamarca, 18 de septiembre de 2024 VISTO: Las designaciones de empleados/as en comisión para la Policía Judicial efectuadas por esta Corte mediante Resoluciones Nº 7765, 7777, 7789 y 7797 del año 2023. Y CONSIDERANDO: Las vacantes en dichos cargos, el tiempo transcurrido y los informes favorables debidamente fundados emitidos por el/la magistrado/a y/o funcionario/a de las dependencias donde prestan servicio. Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1º) Confirmar en . . . | ![]() ![]() ![]() |
8089 | Art. 200 Comunicado al gobernador sobre el Dr Ricardo Andrés Córdoba Andreatta | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de agosto de 2024 VISTO: La nota remitida por el Sr. Gobernador de la Provincia de Catamarca Lic. Raúl A. Jalil, mediante la cual solicita el informe previsto en el Art. 200 de la Constitución de la Provincia, respecto del Dr. Ricardo Andrés Córdoba Andreatta, DNI nº 31.814.481, a los fines de la cobertura del cargo de Fiscal de Primera Instancia de Instrucción Penal de Cuarta Nominación de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca, Y CONSIDERANDO: Que el Dr. Ricardo Andrés Córdoba Andreatta, . . . | ![]() ![]() ![]() |
8082 | Art. 200 Comunicado al gobernador sobre el Dr. Mariano Esteban Guillamondegui | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de agosto de 2024 VISTO: La nota remitida por el Sr. Gobernador de la Provincia de Catamarca Lic. Raúl A. Jalil, mediante la cual solicita el informe previsto en el Art. 200 de la Constitución de la Provincia, respecto del Dr. Mariano Esteban Guillamondegui, DNI nº 29.786.750, a los fines de la cobertura del cargo de Defensor de Primera Instancia en lo Penal de Quinta Nominación de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca, Y CONSIDERANDO: Que el Dr. Mariano Esteban Guillamondegui, reúne los requisitos . . . | ![]() ![]() ![]() |
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