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Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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4420 | SUSPENSION PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEFENSORIA PENAL 6 | ACORDADA Nº 4420 01OCT2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 01 de Octubre de 2019 VISTO: La creación de la Defensoría Penal Nº 6 y la vacante producida en la Defensoría Penal Nº 2 atento a la renuncia de su titular a los fines de acogerse a los beneficios jubilatorios Y CONSIDERANDO: Que este Tribunal estima conveniente disponer que el Defensor Penal Nº 6 subrogue la Defensoría Penal Nº 2 hasta la cobertura de dicho cargo a los fines de lograr un equilibrado servicio de justicia.- Por ello y atento a las facultades que le confiere . . . | ![]() ![]() ![]() |
4419 | SUSPENSION puesta en funcionamiento fiscalia correccional de tercera nominacion | ACORDADA Nº 4419 01OCT2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de Setiembre de 2019 VISTO: La licencia concedida a la Dra. Olga Pereira, Fiscal Correccional de Segunda Nominación, Y CONSIDERANDO: Que este Tribunal considera en función de cuestiones operativas, ejercer la subrogación con el recientemente designado Fiscal Correccional de Tercera Nominación.- Por ello y conforme las atribuciones conferidas en el Inc. 6 del art 8 de la Ley 2337, Orgánica del Poder Judicial, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA R E S U E L V E . . . | ![]() ![]() ![]() |
4421 | suspension puesta en funcionamiento juzgado correccional de tercera nominacion | ACORDADA Nº 4421 01OCT2019 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 01 de Octubre de 2019 VISTO : La creación del Juzgado de Primera Instancia en lo Correccional de Tercera Nominación para la Primera Circunscripción Judicial. Y CONSIDERANDO: Que, la designación de su titular realizada mediante Decreto G. y J. Nº 1792 y la fijación de la fecha de juramento del cargo dispuesta por Resolución de Corte Nº 6347/19, requieren necesariamente la reorganización funcional del fuero. Que, a tales efectos resulta necesario suspender la puesta en funcionamiento del Juzgado de Primera Instancia . . . | ![]() ![]() ![]() |
3548 | Todas las causas que por ejercicio de la acción de amparo se inicien en esta Primera Circunscripción Judicial, deberán ser presentadas por ante Mesa de Entradas Unica | ACORDADA Nº 3548 19-06-96 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 19 de Junio de 1996.- VISTO Y CONSIDERANDO: Que de la experiencia recogida desde la sanción y promulgación de la Ley 4642, parece conveniente introducir modificaciones en el modo de distribuir las causas que por ejercicio de la Acción de Amparo, se inicien en los distintos Juzgados de Primera Instancia de esta Primera Circunscripción Judicial, a fin de lograr una mas equitativa distribución del trabajo que redundará, en definitiva, en mejorar la administración de justicia. Que por lo expresado precedentemente, cuando . . . | ![]() ![]() ![]() |
3790 | TRAMITACION DE EXHORTOS | ACORDADA N* 3790 ....13......./......06..../....2002..... SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA,13 de junio de 2002.- VISTO y CONSIDERANDO: Que por una evaluación efectuada por este Cuerpo, se ha llegado a la conclusión de que se hace necesario afectar a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, ante la conveniencia de agilizar el servicio de la justicia en orden a la tramitación de exhortos no dirigidos a un determinado tribunal del fuero penal, concentrando su diligenciamiento en una sola oficina, contribuyendo asi a descongestionar la . . . | ![]() ![]() ![]() |
4705 | Tramitación por medios electrónicos de la expedición de órdenes de exclusión y restricción , violencia familiar | San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de agosto de 2024 VISTO: La necesidad de adecuar la tramitación de las medidas cautelares ordenadas por las/los Magistradas/os con competencia en violencia familiar y de género en el marco de la Ley N° 5434 a las nuevas herramientas tecnológicas, a fin de dar celeridad y optimizar el servicio de administración. Y CONSIDERANDO: La creciente demanda en los conflictos en contextos de violencia familiar y de género, pone de manifiesto la necesidad de brindar con mayor celeridad la respuesta por parte de los órganos judiciales. En ese . . . | ![]() ![]() ![]() |
4056 | TRASLADO DE DETENIDOS AL NUEVO SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 25 de Febrero de 2008.- VISTO: Que se ha inaugurado y puesto en funcionamiento el nuevo Servicio Penitenciario Provincial; Y CONSIDERANDO: Que conforme lo prescripto por el Art. 4 de nuestra ley de forma, la Corte de Justicia se encuentra plenamente facultada para dictar todas las normas prácticas que sean necesarias a los fines de la aplicación del nuevo Código Procesal Penal. Que ello así y en atención a que el mencionado establecimiento carcelario . . . | ![]() ![]() ![]() |
4026 | TRASLADOS DEL PERSONAL DE LA POLICIA JUDICIAL | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 de Junio de 2007 VISTO: La solicitud del Sr. Procurador General de la Corte, para que se determine las facultades de Superintendencia que posee sobre la Policía Judicial y la necesidad de establecer limites precisos en cuanto al manejo de la Policía Judicial, y CONSIDERANDO: Que mediante Acordada N* 3840 esta Corte ha delegado facultades que ejercía la presidencia de la misma tales como traslado de personal al Director de la Policía Judicial.- Que con posterioridad . . . | ![]() ![]() ![]() |
4151 | TURNO CONTINUO Y PERMANENTE DE LA CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE MINAS, DE MENORES Y FAMILIA DE TERCERA NOMINACION | ACORDADA Nº 4151 20/12/2010 San Fernando del Valle de Catamarca, 20 de Diciembre de 2010. VISTO Y CONSIDERANDO: 1) Que ante la puesta en funcionamiento de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minas, Menores y Familia de Tercera Nominación, con asiento en esta ciudad Capital, resulta necesario regular el régimen de distribución de causas elevadas por las distintas circunscripciones judiciales que conforman este Poder Judicial. En esa tarea, corresponde determinar la eximición del turno de las Cámaras . . . | ![]() ![]() ![]() |
3369 | TURNOS DE DEFENSORIAS PENALES | ACORDADA N* 3369 07/06/1994 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 07 DE JUNIO DE 1994.- VISTO Y CONSIDERANDO: La reciente designación de los Defensores Penales de 1ra y 3ra Nominación y la conveniencia de dictar una resolución que termine la actuación de los mismos de acuerdo a los turnos dispuestos por Resolución Nº 0092 de fecha 30MAR94, tendientes a mejorar la administración de justicia.- Por ello, y lo resuelto en Acuerdo Plenario Nº 243, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1º) Establecer que los Defensores Penales entenderán en todas las causas que por . . . | ![]() ![]() ![]() |
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