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Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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3936 | DISPONER LA PUBLICACION DE ACORDADAS EN EL BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 16 de Agosto de 2005 V I S T O: La iniciativa presentada en Pleno N* 639 por la Sra. Ministro Dra. Amelia Sesto de Leiva, sobre publicación de las decisiones de carácter político-administrativo tomada por este alto tribunal y su presidencia, Y CONSIDERANDO: Que a la Corte de Justicia, como cabeza de Poder Judicial, le cabe como atribución-deber, no sólo su competencia jurisdiccional específica a tenor de lo dispuesto por el Art. 204 de la Constitución de la Provincia, sino también y en modo . . . | ![]() ![]() ![]() |
4697 | Duelo por fallecimiento Ex Ministra Dra. Amelia Sesto de Leiva | San Fernando del Valle de Catamarca, 16 de julio de 2024 VISTO: El fallecimiento de la Dra. Amelia Sesto de Leiva, ex Ministra de la Corte de Justicia. Y CONSIDERANDO: Que el día quince de julio se ha producido el fallecimiento de la Sra. ex Ministra de la Corte de Justicia, Dra. Amelia Sesto de Leiva, de reconocida trayectoria, tanto en el ejercicio de la profesión de abogada como en la función pública y judicial. Es por ello que corresponde disponer se le tributen los honores de Estado inherentes a la alta función que desempeñara con indudable jerarquía intelectual. Su paso por . . . | ![]() ![]() ![]() |
4690 | Reglamentación y Anexo Funciones Secretarios-as Asesorías de Menores Primera Circunscripción Judicial | San Fernando del Valle de Catamarca, 18 de junio de 2024 VISTO: La solicitud efectuada por las Asesoras de Menores de la primera circunscripción judicial en relación a la asignación de funciones específicas a quienes se desempeñan como secretario/a en sus dependencias. Y CONSIDERANDO: Que, dado a que actualmente, se incrementó de manera considerable las problemáticas que requieren la intervención de las Asesorías de Menores e Incapaces, surge la necesidad de dar respuesta al requerimiento efectuado, en pos de garantizar un acabado cumplimiento de su función y un mejor desenvolvimiento . . . | ![]() ![]() ![]() |
4705 | Tramitación por medios electrónicos de la expedición de órdenes de exclusión y restricción , violencia familiar | San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de agosto de 2024 VISTO: La necesidad de adecuar la tramitación de las medidas cautelares ordenadas por las/los Magistradas/os con competencia en violencia familiar y de género en el marco de la Ley N° 5434 a las nuevas herramientas tecnológicas, a fin de dar celeridad y optimizar el servicio de administración. Y CONSIDERANDO: La creciente demanda en los conflictos en contextos de violencia familiar y de género, pone de manifiesto la necesidad de brindar con mayor celeridad la respuesta por parte de los órganos judiciales. En ese . . . | ![]() ![]() ![]() |
4704 | Ujieres afectados al fuero de familia | San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de agosto de 2024 VISTO: La necesidad de precisar el procedimiento a aplicar por los oficiales notificadores para el diligenciamiento de medidas cautelares, ordenadas por las Magistradas con competencia en el fuero de violencia familiar y de género, en el marco de la ley n° 5434. Y CONSIDERANDO: Actualmente, el diligenciamiento de las medidas protectorias, dictadas por las Juezas de Familia de la Primera Circunscripción Judicial se diligencian en soporte papel y por personal de las unidades judiciales. Lo cierto es que, mediante Resolución . . . | ![]() ![]() ![]() |
4706 | Actualización montos de movilidad | San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de agosto de 2024 VISTO: La presentación realizada por el Sr. Secretario Contable de este Poder Judicial. Y CONSIDERANDO: Que en la misma plantea la necesidad de mantener actualizados los montos de aranceles establecidos para la realización de diligencias judiciales. Ello en atención al incremento y la fluctuación de los costos de movilidad. Por ello, lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº1327 punto N°3 y en uso de facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1°) Fijar, a partir del día UNO (01) de SEPTIEMBRE . . . | ![]() ![]() ![]() |
4703 | Asueto día del abogado | San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de agosto de 2024 VISTO: La presentación efectuada por el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Catamarca, Y CONSIDERANDO: Que el Colegio de abogados solicita se declare asueto judicial para el día 30 de agosto de 2024, en razón de realizarse la celebración del “Día del Abogado”, con actividades de festejo programadas para esa fecha. Que, esta Corte de Justicia estima conveniente acceder a lo solicitado, como una adhesión del Poder Judicial a tal celebración. Por ello . . . | ![]() ![]() ![]() |
4691 | Asueto administrativo 24 de junio de 2024 con suspensión de términos | San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de junio de 2024 VISTO: El Asueto Administrativo dispuesto por los Municipios de San Fernando del Valle de Catamarca y Tinogasta mediante Decretos Nº 817/24 y 068/24 respectivamente. Y CONSIDERANDO: El 24 de Junio de cada año se conmemora el “Natalicio de San Juan Bautista”, Patrono de esta ciudad Capital y de la ciudad de Tinogasta. Que en los decretos mencionados, invitan a este Poder Judicial a adherir al mismo. Por ello y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: . . . | ![]() ![]() ![]() |
4707 | Modificación al impuesto a las ganancias | San Fernando del Valle de Catamarca, 21 de agosto de 2024 VISTO: La modificación al Impuesto a las Ganancias establecida por el Título V de la ley n° 27.743 (B.O. 08/07/2024), y su Decreto Reglamentario n° 652/24 (B.O. 22/07/2024) y; CONSIDERANDO: Que, en relación a la aplicación de las modificaciones efectuadas en el régimen del impuesto a las ganancias por la ley n° 27.743, resulta imprescindible exponer que, respecto a la planta de personal del Poder Judicial, se generan tres situaciones jurídicas distintas cuyo alcance resulta necesario establecer para su correcta aplicación . . . | ![]() ![]() ![]() |
4332 | PRORROGA DEL PROGRAMA PILOTO DE MEDIACION | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 22 de Diciembre de 2015 VISTO y CONSIDERANDO : El vencimiento del término establecido en el Programa Piloto de Mediación y atento a lo dispuesto en el Punto 8º) del Acuerdo Plenario Nº 993 en el cual se resuelve diferir la implementación de la Ley Nº 5444 Ley de Mediación en el Ámbito Judicial en los Fueros Civil, Comercial, Familia y Penal para la Provincia de Catamarca en razón de no contar con los recursos presupuestarios necesarios la adecuación y puesta en funcionamiento de la misma. . . . | ![]() ![]() ![]() |
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