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Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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4212 | FUNDACION DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA. DECLARACIÓN DIA NO LABORABLE | “2012 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA BANDERA ARGENTINA” SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, VISTO y CONSIDERANDO: La celebración de un nuevo Aniversario de la Fundación de San Fernando del Valle de Catamarca, por lo que el Poder Ejecutivo de la Provincia mediante Decreto D. y J. Nº 956, dispuso declarar día No Laborable el próximo 05 de Julio, invitando a los otros Poderes del Estado a adherirse al mismo, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1º) Declarar día No Laborable el próximo 05 de Julio –Aniversario de la Fundación . . . | ![]() ![]() ![]() |
4448 | HABILITACION DE FIRMA DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DURANTE RECESO JUDICIAL EXTRAORDINARIO POR PRESENCIA DE COVID-19 | ACORDADA Nº 4448 08MAY2020 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 08 de Mayo de 2020.- VISTO: La situación de emergencia sanitaria dispuesta en el ámbito Nacional y Provincial con motivo de la cepa Coronavirus (COVID-19), el receso judicial extraordinario dispuesto en consecuencia por Acordadas Nº 4441/2020, N° 4444/2020 y N° 4446/2020 y la reunión mantenida por la Corte de Justicia constituida en Pleno, con el Sr. Gobernador de la Provincia y el COE el día martes 05 de mayo de 2020.- Y CONSIDERANDO 1. Que esta Corte ha dictado instrumentos de aplicación de las recomendaciones efectuadas . . . | ![]() ![]() ![]() |
2125 | HABILITACION DE SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA PARA SELLO DE AGUA | En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los veintiseis díaz del mes de agosto de mil novecientos ochenta, reunidos en acuerdo el Sr. Presidente Dr. Ricardo G A Herrera y los Sres. Ministros titulares Dres Juana Vaccaroni de Soria y Daniel A Acosta CONSIDERARON Que por ley Nº 3580 la Provincia de Catamarca adhiere al Convenio sobre comunicaciones entre magistrados de distintas jurisdicciones, suscripto entre el Poder Ejecutivo Nacional y la Provincia de Santa Fe Ley Nº 22172 Que por Resolución Nº 616 del 23 de Julio ppdo el Ministerio de Justicia de la Nación establece el . . . | ![]() ![]() ![]() |
4462 | Habilitar el uso del sistema informático BNA Net para el pago de libranzas judiciales | ACORDADA Nº 4462 20AGO2020 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 20 Agosto de 2020.- VISTO: La Resolución Nº 6631 de fecha 22/04/2020 mediante la cual esta Corte gestiona ante el Banco de la Nación Argentina Suc. Catamarca la habilitación del sistema informático para el pago de las libranzas judiciales y la Acordada Nº 4455 que habilita en forma gradual, permanente y obligatoria el uso de la firma digital para la realización de documentos y trámites judiciales redactados por Magistrados y Funcionarios de todas las circunscripciones judiciales del Poder Judicial de la Provincia de Catamarca . . . | ![]() ![]() ![]() |
3694 | HACER EXTENSIVA LA ACORDADA Nº 2566 A LA CUARTA, QUINTA Y SEXTA CIRCUNSCRIPCION | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 29 de Noviembre de 1999- VISTO Y CONSIDERANDO: Las disposiciones de la Acordada N* 2566 que establece que en todo caso en que se agote la lista de Conjueces de la Segunda y Tercera Circunscripciones Judiciales, los expedientes serán remitidos a la Primera Circunscripción para la continuación del trámite, la necesidad de hacerla extensiva a la Cuarta, Quinta y Sexta Circunscripción y lo resuelto en Acuerdo Plenario N* 434, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A 1*) Hacer extensivas a las Circunscripciones Cuarta, Quinta . . . | ![]() ![]() ![]() |
3839 | HORARIO DE ATENCION AL PUBLICO 7:15 HS. A 12:45 HS. | ACORDADA N* 3839 17/11/2003 SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 17 de Noviembre de 2003.- V I S T O: La presentación efectuada por la Sra. Presidente de la Asociación de Magistrados, Dra. Nora Jalile de Correa, de fecha 05/11/03, Y CONSIDERANDO: Que entre otros temas, la ocurrente propone la conveniencia de reducir el horario de atención al publico en Mesa de Entradas, a los fines de que el personal destinado a esa área realice las tareas preparatorias de atención al publico al comienzo de la jornada y en los últimos . . . | ![]() ![]() ![]() |
4471 | Implementación de Cámara Gesell para las Circunscripción Judiciales del Interior | ACORDADA Nº 4471 06OCT2020 San Fernando del Valle de Catamarca, 06 de Octubre de 2020.- VISTO: El dispositivo de Cámara Gesell dispuesto por Acordada Nº 4132, la necesidad de establecer pautas para su funcionamiento y desarrollo dentro del marco de emergencia sanitaria Provincial producto de la pandemia (COVID19), y la implementación del mismo en las Circunscripciones Judiciales del Interior. Y CONSIDERANDO: Que en los procesos de familia y en las distintas investigaciones penales preparatorias, en particular de delitos contra la integridad sexual y cuando sea necesario que se realicen . . . | ![]() ![]() ![]() |
4000 | IMPLEMENTACION DE PROGRAMA PILOTO DE MEDIACION | ACORDADA N* 4000 13/12/2006 SAN FDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de Diciembre de 2006.- VISTO y CONSIDERANDO: La necesidad de producir modificaciones en la Acordada N* 3964, conforme al informe elevado por la Directora de Mediación y que este Tribunal comparte y hace propios, por ello y lo dispuesto en Acuerdo Plenario N* 696, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA A C U E R D A Introducir Reformas en la Acordada N* 3964, la que quedará redactada de la siguiente manera: Art. 1º) DECLARAR . . . | ![]() ![]() ![]() |
4183 | IMPLEMENTACION DEL JUS | San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de octubre de 2011.- VISTO: Las atribuciones conferidas a ésta Corte de Justicia por el Art. 64 de la Ley Nº 3956, y CONSIDERANDO: Que mediante la norma de cita se faculta a este Alto Tribunal para actualizar los valores previstos en el Régimen de Honorarios de Abogados y Procuradores en su ejercicio profesional en el ámbito provincial. Que de las informaciones requeridas por este Cuerpo y las respuestas obtenidas a través de la Junta Federal de Cortes de Justicia y Superiores Tribunales (Ju.Fe.Jus) puede observarse que en la mayoría . . . | ![]() ![]() ![]() |
3964 | IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA PILOTO DE MEDIACION | ACORDADA N* 3964 20/03/2006 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 20 de marzo de 2006.- VISTO: La sanción de la ley de la Nación Nº24.573 de “Mediación y Conciliación”, su Decreto Reglamentario Nº9l/98, las distintas iniciativas de implementación de la Mediación como método no adversarial de resolución de conflictos, que fueron puestas en práctica por los Superiores Tribunales de Justicia de diferentes Provincias de nuestro país, entre ellas las de Chaco (Resoluciones 237 y 431 del l6/4/96, Jujuy (Acordada del 20/5/96),Córdoba (Acuerdo Reglamentario . . . | ![]() ![]() ![]() |
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