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Búsqueda AvanzadaViendo 51-60 de 322 resultados.
Numero | Tema Acuerdo | Acuerdo | |
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6015 | JUECES DE PAZ-PROCESO PARA SU DESTITUCION | San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de Diciembre de 2018.- VISTO: Que no existe regulación para el juzgamiento y eventual destitución de los jueces de paz; Y CONSIDERANDO: Que La Constitución de la Provincia de Catamarca establece que la Corte de Justicia decide en juicio pleno y en única instancia, entre otros casos, en las causas que se sigan contra los jueces de paz, al solo objeto de su destitución (204 inc 3); que dentro de las atribuciones y deberes está la de remover a los jueces de paz (206 inc. 14); y que los jueces de paz son nombrados por el Poder Ejecutivo . . . | ![]() |
4076 | SUBROGANCIA DE LOS JUECES DE CAMARAS CRIMINALES | San Fernando del Valle de Catamarca, 04 de Setiembre de 2008.- VISTO: Las prescripciones legales vigentes respecto a la subrogación de los Miembros de la Cámara en lo Criminal y de Apelaciones y la necesidad de dictar normas prácticas para la aplicación del Código Procesal Penal de la Provincia (art. 4); Y CONSIDERANDO: Que el art. 4 del Código de Procesal Penal de la Provincia de Catamarca, (Ley 5097) estable que la Corte de Justicia dictará las normas prácticas que sean necesarias para la aplicación.- . . . | ![]() |
4249 | DIA NO LABORABLE CON SUSPENSION DE TERMINOS PARA EL 5 DE JULIO - ANIVERSARIO DE LA FUNDACION | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 03 de Julio de 2013 VISTO y CONSIDERANDO: La celebración de un nuevo Aniversario de la Fundación de San Fernando del Valle de Catamarca, por lo que es de criterio de esta Corte conjuntamente con el Poder Ejecutivo de la Provincia, declarar día No Laborable el próximo 05 de Julio. Por ello y en uso de sus facultades, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1º) Declarar día No Laborable el próximo 05 de Julio –Aniversario de la Fundación de San Fernando del Valle de Catamarca, . . . | ![]() |
3755 | REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE CAPACITACION JUDICIAL | San Fernando del Valle de Catamarca, 06 de Agosto de 2001.- VISTO Y CONSIDERANDO: La nota de los integrantes de la Escuela de Capacitación Judicial de Magistrados y Funcionarios, elevando un anteproyecto de Reglamento de Funcionamiento, en el cual se fija el marco de actuación de la Escuela, cumpliendo así con lo dispuesto en Acordada 3687/99. . Por ello y lo resuelto en Acuerdo Plenario N* 494 de fecha 01/AGO/2001, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1*) Aprobar el Anteproyecto presentado en todas sus partes, . . . | ![]() |
4257 | SUBROGANCIA DEL JUEZ DE PAZ AGOTADA LA LISTA DE VECINOS | San Fernando del Valle de Catamarca, 24 de Octubre de 2013 VISTO: Las atribuciones conferidas a ésta Corte de Justicia por el Art. 8 inc. 2 de la Ley Nº 2337, y CONSIDERANDO: Que mediante la norma de cita se faculta a este Alto Tribunal a dictar las acordadas conducentes al mejor servicio de justicia de la Administración de Justicia. Que mediante Acuerdo Nº 411/99 esta Corte dispuso que “Agotada la lista de vecinos subrogantes de un Juzgado de Paz lego éste será subrogado: a) cuando actúe en sus funciones específicas, . . . | ![]() |
4070 | REGLAMENTO PARA LA INTERPOSICION DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACION | San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de julio de 2008.- VISTO: El proyecto de Reglamento para la presentación de los Recursos de Casación y Queja, y CONSIDERANDO: Que el reglamento presentado, tiene por objeto agilizar la tarea del Tribunal en el control del cumplimiento con los requisitos formales exigidos por la ley, como así también brindar a los letrados del fuero un instrumento de guía para la debida presentación de los recursos.- Que habiendo sido el mencionado proyecto analizado por . . . | ![]() |
4062 | COMUNICACION DE LA PERDIDA DE JURISDICCION ANTE LA CORTE DE JUSTICIA | San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Abril de 2.008.- VISTOS: La constante preocupación que tiene esta Corte en asegurar una eficiente prestación del servicio de justicia, Y CONSIDERANDO: La necesidad de tomar acabado conocimiento de los pedidos de perdida de jurisdicción peticionados por los letrados del fuero local por ante los de Juzgados de Primera Instancia y Cámaras de Apelación de este Poder Judicial. Y que esta Corte es la autoridad competente para recepcionar las petición . . . | ![]() |
4183 | IMPLEMENTACION DEL JUS | San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de octubre de 2011.- VISTO: Las atribuciones conferidas a ésta Corte de Justicia por el Art. 64 de la Ley Nº 3956, y CONSIDERANDO: Que mediante la norma de cita se faculta a este Alto Tribunal para actualizar los valores previstos en el Régimen de Honorarios de Abogados y Procuradores en su ejercicio profesional en el ámbito provincial. Que de las informaciones requeridas por este Cuerpo y las respuestas obtenidas a través de la Junta Federal de Cortes de Justicia y Superiores Tribunales (Ju.Fe.Jus) puede observarse que en la mayoría . . . | ![]() |
4243 | MODIFICACION DE LA LICENCIA POR NACIMIENTO DEL AGENTE VARON | San Fernando del Valle de Catamarca, 06 de Mayo de 2013 VISTO: Que mediante Acordada Nº 3979, Art. 31 inc. A, se establece el otorgamiento de licencia al agente varón, de dos (2) días laborables por nacimiento de hijo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Y CONSIDERANDO: Que, la licencia obrante, resulta a la luz de las observaciones realizadas, y en consonancia con la necesidades propias y motivadoras de la misma, una práctica leal pero insuficiente, si contemplamos la situación del agente varón casado o que convive con la . . . | ![]() |
4238 | DESIGNACION DE PERSONAL EN PLANTA PERMANENTE | SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, VISTO Y CONSIDERANDO: Lo dispuesto mediante Acordada Nº 2315, en la cual se establecen los recaudos para la incorporación de empleados en el Poder Judicial de Catamarca en el cargo de Escribiente. Que este Tribunal estima conveniente ampliar lo dispuesto en el Punto 3º) de la Acordada de mención, en donde se estipula que "el personal que se designe en planta permanente, tendrá carácter de interino durante los primeros seis meses, transcurridos los cuales se considerará automáticamente confirmado, salvo el . . . | ![]() |
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